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  • Financiación orientada a autónomos y empresas españolas.
  • También pueden solicitar financiación con cargo a esta línea, particulares y comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de sus viviendas.

CONDICIONES

  • Importe de la operación: hasta un máximo de 10 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
  • Conceptos financiables: los préstamos podrán destinarse a financiar:
    • Liquidez: las necesidades de circulante, tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
    • Inversiones productivas dentro del territorio nacional:
      • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
      • Vehículos turismos, cuyo importe no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%
      • Adquisición de empresas
      • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
      • Gastos de circulante con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta modalidad de inversión.
      • Rehabilitación de viviendas: la rehabilitación de vivienda o edificios y/o la reforma de sus elementos comunes en el caso de particulares y comunidades de propietarios.
  • Modalidad: Préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.
  • Tipo de interés: el cliente puede elegir entre tipo de interés fijo o variable:
    • Para operaciones a plazo igual a 1 año : tipo de interés Fijo o Variable (EURIBOR 6 meses), más diferencial, más hasta un margen del 2,00%
    • Para operaciones a un plazo superior a 1 año: tipo de interés Fijo o Variable (EURIBOR 6 meses), más diferencial, más hasta un margen del 2,30%

El tipo de interés para el cliente (TAE) se publica quincenalmente para todos los plazos y modalidades.

  • Amortización y carencia: 1, 2 y 3 años con la posibilidad de 1 años de carencia si se financia 100% Liquidez y 1, 2, 3, 5, 7, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia si se financia Inversión.
  • Comisiones: Las entidades no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.
  • Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.

VIGENCIA

Se podrán formalizar préstamos con cargo a esta Línea hasta el día 16 de diciembre de 2013.

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